Con la llegada del buen tiempo y las vacaciones, el número de desplazamientos en las carreteras se multiplica. En esta época del año debemos prestar especial atención a una serie de comportamientos que, a priori podríamos pensar que están permitidos, pero que pueden suponer un peligro real al volante.
Por ello vamos a repasar las multas más típicas del verano para no incurrir en ninguna de ellas:
- Conducir con chanclas. Aunque la Ley no prohíbe de manera expresa conducir con este tipo de calzado, sí puede ser castigado en base a varios artículos del Reglamento General de Circulación (RGC). La DGT recomienda conducir con una indumentaria adecuada y un calzado sujeto que permita al conductor un control total del vehículo. Si esto se incumple, el conductor podría ser sancionado hasta con 80 euros, aunque no supone la pérdida de puntos.
- Conducir sin camiseta o en bañador. Si se da esta situación, el agente de Tráfico puede interpretar que la persona que circula sin camiseta o con traje de baño puede ser un foco de distracción para el resto de conductores. Este comportamiento quedaría recogido como sancionable en el artículo 18.1 del RGC. Además, si se produce un accidente, el conductor podrá sufrir quemaduras o rozaduras ocasionadas por la actuación de los airbag o el cinturón de seguridad.
- Sacar la mano, el codo o el brazo por la ventanilla. Las dos manos deben estar siempre sujetas al volante, por lo que si se circula con una de ellas fuera de la ventanilla, podemos ser sancionados hasta con 80 euros.
- Conducir con un gorro o sombrero que cubra las orejas. Al igual que las manos deben permanecer siempre sujetas al volante, las orejas deben estar siempre al descubierto, ya que si no podremos ser multados con hasta 80 euros.
- Comer o beber al volante. Realizar este tipo de acciones puede suponer una distracción a la carretera, por lo que pueden llegar a ser multadas hasta con 100 euros, sin retirada de puntos.
- Tirar una colilla por la ventanilla. La ley señala que “arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación» está prohibido, por tanto, realizar esta acción puede ser castigada con 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet.
- Echar gasolina con la radio o el móvil encendidos. Para rellenar el depósito de gasolina se recomienda mantener apagados todos los dispositivos electrónicos, por lo que si no cumplimos este requerimiento, podemos ser multados con hasta 91 euros.